Las bolsas de papel no hay porque cobrarlas al consumidor final, no hay ninguna ley actualmente que así lo obligue, pero dada la sensibilidad y necesidad de cuidar nuestro medio ambiente y para hacer un uso racional de nuestros recursos naturales se empieza a cobrar también en el punto de venta las bolsas de papel. Siempre es a elección del establecimiento el cobrarlas. Legal sí que es.
La bolsa de papel tiene en su origen y proceso productivo una gestión sostenible. La pasta de papel que se usa actualmente para fabricar bolsas, procede de bosques sostenibles y se acredita a través de los certificados PEFC y FSC que dicen que todo el papel procede de bosques sostenibles. Bosques sostenibles son aquellos que se crean específicamente para uso comercial de la madera. Este proceso y su biodegradabilidad hace que las bolsas de papel no se incluyan en leyes de gestión de residuos hasta el momento.
El Real decreto 293/2018-18/5-art.4, dice que las bolsas que hay que cobrar a la hora de entregarlas en el punto de venta son las de plástico, indistintamente del origen que tengan.
En el link podéis ver la publicación en el B.O.E. del Real Decreto 293/2018 que regula el cobro de bolsas a nivel Nacional y donde no aparece las bolsas de papel.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-6651